Por medio de un comunicado, Daniel Caballero Díaz, presidente del bufete de abogados que gestionó la defensa de Nicolás Petro Burgos, informó que el Consejo de Estado confirmó la elección de como diputado.
“El Honorable Consejo de Estado, confirmó integralmente fallo del Tribunal Administrativo del Atlántico, proferido el 16 de diciembre de 2020, por medio del cual negó todas las pretensiones de la demanda de nulidad electoral presentada por el señor Salvador Aguilar”, se lee en el documento.
Así mismo, en la tarde de hoy, la Procuraduría General de la Nación pidió al Consejo de Estado confirmar la decisión del Tribunal Administrativo de Atlántico que negó la nulidad de la designación como diputado a Nicolás Fernando Petro Burgos para el periodo 2020 – 2023.
La Procuraduría Séptima Delegada ante el Consejo de Estado radicó concepto frente a la demanda de nulidad presentada contra el diputado, y enfatizó en el derecho personal que tiene Petro Burgos de ocupar el cargo por haber sido el candidato con la segunda votación a la Gobernación de Atlántico.
A juicio de la PGN las normas constitucionales, legales y las reglamentarias establecieron de manera expresa que las curules a otorgar en las corporaciones públicas a las segundas votaciones en los cargos uninominales a nivel territorial, harían parte de las establecidas y no aumentan su número de miembros.
“Quienes participaron en las elecciones para obtener una curul en las asambleas departamentales y en los concejos municipales, tenían claro que sus posibilidades de ingreso se podrían ver disminuidas por el derecho personal creado en virtud del Acto Legislativo 2 de 2015, esto es, por el ingreso directo a dichas corporaciones del candidato que le siguiera en votación al gobernador o alcalde electo, siempre y cuando hiciera su manifestación de manera expresa”, puntualizó el ente de control.